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La primera vez que vendí un ETF con beneficio, no sabía que tenía que declararlo. Pensé: “Es un fondo, no una acción, seguro no pasa nada”. Me equivocué. La Agencia Tributaria tiene acceso a los movimientos de tus brokers. Y si no declaras, te pueden reclamar años después con intereses de demora.
No es complicado. Solo requiere organización. Este artículo te explica exactamente qué datos necesitas, dónde ponerlos en el modelo 100 (renta), y los errores que cometen la mayoría de principiantes.
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¿Qué inversiones debes declarar?
Toda ganancia de patrimonio debe declararse. Pero también ciertos productos generan rentas que tributan incluso sin vender. Resumen:
| Producto | ¿Cuándo se declara? | Concepto tributario |
|---|---|---|
| Acciones (ganancia al vender) | En el año de la venta | Ganancia patrimonial. Diferencia entre precio de venta y precio de compra. |
| Acciones (dividendos) | En el año del cobro | Rendimientos del capital mobiliario. Se retiene el 19% en origen. |
| ETFs (ganancia al vender) | En el año de la venta | Ganancia patrimonial. Mismo tratamiento que acciones. |
| ETFs acumulativos | Al vender (no antes) | Ganancia patrimonial. Los dividendos reinvertidos no generan evento fiscal anual. |
| ETFs distributivos | Año del cobro del dividendo | Rendimientos del capital mobiliario. Se retiene el 19% en origen. |
| Trading (forex/CFDs) | En el año de cierre de la operación | Ganancia patrimonial. Incluye el apalancamiento en el cálculo. |
| Criptomonedas | En el año de venta o intercambio | Ganancia patrimonial. Incluye cambio entre criptos (BTC por ETH). |
| Bonos / Letras del Tesoro | Año del cobro de intereses o vencimiento | Rendimientos del capital mobiliario o ganancia patrimonial según caso. |
Cómo calcular tus ganancias y pérdidas
La fórmula es simple:
Ganancia = Precio de venta - Precio de compra - Comisiones de compra - Comisiones de venta
Ejemplo real:
- Compré 10 acciones de Apple a 150€/acción en marzo de 2024. Comisión de compra: 2€.
- Inversión total: (10 × 150) + 2 = 1.502€
- Vendí las 10 acciones a 175€/acción en septiembre de 2024. Comisión de venta: 2€.
- Ingreso total: (10 × 175) - 2 = 1.748€
- Ganancia: 1.748 - 1.502 = 246€
- Ese 246€ se declara en la renta de 2025 (año 2024).
Compensación de pérdidas
Si vendiste otras acciones con pérdida, puedes compensar. Por ejemplo:
- Ganancia en Apple: +246€
- Pérdida en Tesla: -180€
- Ganancia neta: 66€
- Sobre esos 66€ pagarás impuestos.
Las pérdidas no compensadas se pueden acarrear 4 años. Es decir, si en 2024 perdiste 500€ y en 2025 ganaste 300€, puedes compensar los 300€ con parte de la pérdida de 2024.
Crea un Excel sencillo con cada operación: fecha compra, ISIN/ticker, cantidad, precio compra, comisión compra, fecha venta, precio venta, comisión venta, ganancia/pérdida. Al final del año, suma la columna de ganancias. Esa cifra es la que declararás. Algunos brokers (Interactive Brokers, MyInvestor) generan este informe automáticamente.
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Dónde se declara en el modelo 100 (Renta WEB)
Ganancias patrimoniales de acciones, ETFs y trading
- Apartado: “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales”.
- Casilla: 2422 (ganancias) y 2423 (pérdidas) en el modelo 100.
- El programa Renta WEB calcula automáticamente el tipo impositivo según tu base imponible.
Dividendos y rendimientos del capital mobiliario
- Apartado: “Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro”.
- Casilla: 0029 (dividendos de acciones españolas) o 0030 (dividendos del extranjero).
- Normalmente el broker ya retiene el 19% en origen. Esa retención aparece como pago a cuenta. Si tributas en el mismo tipo (19%), no pagarás más. Si tu tipo es mayor (21% o 23%), tendrás que abonar la diferencia.
Criptomonedas
- Apartado: Mismo que ganancias patrimoniales (casilla 2422/2423).
- Importante: El intercambio de una criptomoneda por otra (por ejemplo, vender BTC para comprar ETH) es un evento fiscal. Debes declarar la ganancia o pérdida en ese momento, aunque no hayas convertido a euros.
Tipos impositivos 2026
| Tramo de ganancia | Tipo impositivo IRPF |
|---|---|
| Hasta 6.000€ | 19% |
| De 6.000€ a 50.000€ | 21% |
| De 50.000€ a 200.000€ | 23% |
| Más de 200.000€ | 27% |
Estos tramos son acumulativos. Si tienes 60.000€ en ganancias:
- 6.000€ × 19% = 1.140€
- 44.000€ × 21% = 9.240€
- 10.000€ × 23% = 2.300€
- Total: 12.680€
Errores comunes que debes evitar
Error 1: No declarar porque “fue poco dinero”
La Agencia Tributaria no tiene un umbral de cantidad. Una ganancia de 50€ es tan declarable como una de 50.000€. El hecho de que sea pequeña no te exime. Y las sanciones por no declarar (con intereses de demora) pueden superar lo que debías pagar originalmente.
Error 2: Declarar solo las ganancias, no las pérdidas
Algunos principiantes declaran ganancias pero “se olvidan” de las pérdidas. Error caro: las pérdidas reducen tu base imponible. Si perdiste 1.000€ y ganaste 1.500€, debes declarar 500€ de ganancia neta, no 1.500€. Lleva un registro de TODO.
Error 3: No declarar el cambio de criptomonedas
Vender Bitcoin para comprar Ethereum es un evento fiscal. Muchos creen que “no he tocado euros, no hay nada que declarar”. Falso. El intercambio entre criptos es una transmisión patrimonial. Debes calcular la ganancia en euros en ese momento (usando el valor de mercado).
Error 4: Olvidar las comisiones
Las comisiones de compra y venta reducen tu ganancia. Si no las restas, estás declarando (y pagando impuestos sobre) dinero que no ganaste. Guarda todos los tickets de operación.
Error 5: No pedir el informe al broker
La mayoría de brokers regulados (Interactive Brokers, DEGIRO, MyInvestor, Trade Republic) generan un informe fiscal anual con todas tus operaciones, retenciones y ganancias/pérdidas. Pedirlo te ahorra horas de trabajo. Lo suelen publicar entre febrero y marzo.
Este artículo es una guía orientativa basada en la normativa fiscal española vigente a enero 2026. La legislación tributaria puede cambiar. Para casos complejos (trading profesional, inversión en el extranjero, pérdidas acarreables de varios años), te recomendamos consultar con un asesor fiscal o gestor. No nos hacemos responsables de errores en la declaración derivados de la interpretación de este contenido.
Documentos que necesitas reunir
- Informe fiscal anual de cada broker donde operaste.
- Justificantes de dividendos cobrados (si no aparecen en el informe del broker).
- Registro de operaciones de criptomonedas con valor en euros en fecha de cada operación.
- Comprobantes de comisiones pagadas (si no están desglosadas en el informe fiscal).
- Resumen de pérdidas de años anteriores no compensadas (si las hay).
1) Todas las ganancias de patrimonio se declaran. 2) Los dividendos se declaran en el año del cobro. 3) Compensa pérdidas con ganancias del mismo año. 4) Acarrea pérdidas no compensadas 4 años. 5) Pide el informe fiscal a tu broker. 6) Lleva un Excel propio como respaldo. 7) Consulta un profesional si tu caso es complejo.
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⚠️ Aviso legal: Este contenido es únicamente con fines educativos e informativos. No constituye asesoramiento fiscal, legal ni financiero. La normativa tributaria española puede cambiar. Consulta siempre con un asesor fiscal o gestor cualificado antes de presentar tu declaración de renta.
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